Motu proprio que suprime la Pontificia Comisión ‘Ecclesia Dei’

Por Sala de Prensa de la Santa Sede / Dominus Est. 19 de enero de 2019.

 

motu proprio supresión ecclesia dei

 

 

Carta Apostólica en forma motu proprio acerca de la Pontificia comisión ‘Ecclesia Dei’.

 

Desde hace treinta años la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, instituida con el Motu proprio Ecclesia Dei adflicta, del 2 de julio de 1988, absolvió con sincera preocupación y digna de encomio la tarea de colaborar con los Obispos y con los Dicasterios de la Curia Romana, en facilitar la plena comunión eclesial de los sacerdotes, seminaristas, comunidad y, religiosos y religiosas, vinculados a la Fraternidad fundada por Mons. Marcel Lefebvre, que deseaban permanecer unidos al Sucesor de Pedro en la Iglesia Católica, conservando las tradiciones espirituales y litúrgicas1 propias.

En tal modo, ésta pudo ejercer la propia autoridad y competencia a nombre de la Santa Sede sobre dichas sociedades y asociaciones, hasta que no fuera provisto de otra manera2.

Sucesivamente, en virtud del Motu proprio Summorum Pontificum, del 7 de julio de 2007, la Pontificia comisión extendió la autoridad de la Santa Sede sobre estos Institutos y Comunidades religiosas, que se habían adherido a la Forma Extraordinaria del Rito Romano y asumido las tradiciones precedentes de la vida religiosa, vigilando sobre la observancia y sobre la aplicación de las disposiciones establecidas3.

Dos años después, mi Venerado predecesor Benedicto XVI, con el Motu proprio Ecclesia unitatem, del 2 de julio de 2009, reorganizó la estructura de la Pontificia Comisión, a fin de hacerla más adecuada a la nueva situación creada con la remisión de la excomunión de los cuatro obispos consagrados sin mandato pontificio. Y, además, considerando, que, después de tal acto de gracia, las cuestiones tratadas por la misma Pontificia Comisión fueran de naturaleza primordialmente doctrinales, la vinculó de manera orgánica a la Congregación para la Doctrina de la Fe, conservando sin embargo los propósitos iniciales, pero modificando la estructura4.

Ahora, ya que la Feria IV de la Congregación para la Doctrina de la Fe del 15 de noviembre de 2017 formuló la solicitud de que el diálogo entre la Santa Sede y la Fraternidad Sacerdotal San Pío X sea conducida directamente por la Congregación mencionada, siendo las cuestiones tratadas de carácter doctrinal, a cuya solicitud he dado mi aprobación in Audientia al Prefecto el día 24 siguiente, y tal propuesta tuvo la aceptación de la Sesión Plenaria de la misma congregación celebrada del 23 al 26 de enero de 2018, he llegado, después de una amplia reflexión, a la decisión siguiente.

 

Considerando hoy diferentes las condiciones que habían llevado al Santo Pontífice Juan Pablo II a la institución de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei;

Constatando que los Institutos y las Comunidades religiosas que celebran habitualmente en la Forma Extraordinaria, han encontrado hoy una estabilidad propia de número y de vida;

Teniendo en cuenta que la finalidad y las cuestiones tratadas por la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, son de orden primordialmente doctrinal;

Deseando que tales propósito se vuelvan cada vez más evidentes a la consciencia de las comunidades eclesiales;

Con la presente Carta Apostólica ‘Motu proprio data’,

 

Establezco

 

  1. Queda suprimida la Pontifica Comisión Ecclesia Dei, instituida el 2 de julio de 1988 con el Motu proprio Ecclesia Dei adlicta.
  2. Las tareas de la Comisión en cuestión quedan asignadas integralmente a la Congregación para la Doctrina de la Fe, en cuyo seno será instituida una Sección especial dedicada a continuar la obra de vigilancia, de promoción y de tutela conducida hasta ahora por la suprimida Pontificia Comisión Ecclesia Dei.
  3. Las cuentas de la Pontificia Comisión entran en la contabilidad ordinaria de la Congregación mencionada.

 

Establezco, además, que el presente Motu proprio, de observarse a pesar de cualquier cosa contraria, aún digna de particular mención, sea promulgado mediante publicación en el diario L’Osservatore Romano del 19 de enero de 2019, entrando en vigor de inmediato, y que sucesivamente se inserte en la Gaceta oficial de la Santa Sede, Acta Apostolicae Sedis.

 

Dado en Roma, en San Pedro, el 17 de enero de 2019, VI de Nuestro Pontificado.

 

Francisco

 

[Traducción de Dominus Est. Boletín de la Sala de Prensa de la Santa Sede. Texto original italiano]

*permitida su reproducción mencionando a dominusestblog.wordpress.com

 

 

REFERENCIAS

____________________

1Cf. Joannes Paulus PP. II, Litterae Apostolicae ‘Motu proprio datae’, Ecclesia Dei adflicta’, 2 Iulii 1988, AAS, LXXX (1988), 12 (15 Nov. 1988), 1495-1498, 6a.

http://w2.vatican.va/content/john-paul-ii/es/motu_proprio/documents/hf_jp-ii_motu-proprio_02071988_ecclesia-dei.html

2 Cf. Rescriptum ex Audientia Sanctissimi, 18 Oct. 1988, AAS, LXXXII (1990), 5 (3 Maii 1990), 533-534, 6.

3 Cf. Benedictus PP. XVI, Litterae Apostolicae ‘Motu proprio datae’, Summorum Pontificum, 7 Iulii 2007, AAS, XCIX (2007), 9 (7 Sept. 2007), 777-781, 12.

4 Cf. Benedictus PP. XVI, Litterae Apostolicae ‘Motu proprio datae’, Ecclesiae unitatem, 2 Iulii 2009, AAS, CI (2009),

8 (7 Aug. 2009), 710-711, 5.

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